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En poco tiempo, se dispondr en el mercado, de un dispositivo que
permitir a las personas , prender o apagar, cerrar o abrir, todo aquello
que cumpla una funcin con estas acciones: interruptores, cerraduras,
etc, todo ello a distancia, utilizando frecuencias del espectro radioelctrico;
ya fue presentado en una feria de Alemania y hace pocos das otra empresa
tambin lo presento en Europa, algunos especialistas sostienen que podra
ser operable hasta 100 metros de distancia de lo que se pretende accionar,
Ud. ya puede imaginar la multiplicidad de usos. El sistema se denomina
Bluetooth.
Irrumpir con enorme
fuerza y seduccin. Se utilizar en domicilios, oficinas, etc, hoy en
esos sitios no existe la frecuencia en que operarn estos equipos, las
frecuencias ser generadas y controladas por el sistema mismo. Esas
frecuencias no estn hoy all, naturalmente, esperando al nuevo
artefacto. Estas frecuencias se generaran por el artificio del talento del
hombre, y aunque en el caso sean a partir del comienzo del uso, un
recurso, ste recurso no es natural, es natural el medio por el que se
desplazan, irrumpe por las paredes y puertas sin ocupar el lugar de estas
cosas, lo que no es para nada algo natural, salvo que se trate de rayos csmicos
o rayos X o radiaciones ionizantes alfa, beta o gamma, todo lo cual es
sumamente peligroso.
La persona que opere
el sistema, dispondr de una libertad de movilidad mientras lo hace, es
decir, se trata de un terminal de radio mvil, por el cual tambin se
podr iniciar la operacin de otro terminal que puede ser de radio o
inalmbrico en su funcin, como ser una PC.
La frecuencia que se
utilice para mandar las seales a voluntad est regulada a nivel
mundial, precisamente en el seno de la Unin Internacional de
Telecomunicaciones, por medio de la oficina de Radiocomunicaciones,(
UIT-R), organismo que vincula a nuestro pas por un tratado internacional
vigente y que cada cuatro aos se revisa con la asistencia de delegados
plenipotenciarios de Argentina.
Precisamente, en la
UIT-R se discute ,adems, el aspecto tecnolgico de estos aparatos, para
unificar a escala continental temas tcnicos, por los que se vuelve
necesario que en cada pas se respeten estas normas.
El procedimiento se
denomina homologacin del equipo, que equivale a una certificacin
que las autoridades expiden y que pretende asegurar que no se causar
perjuicios a terceros. Lo que es registrado, es decir, existe un Registro
de stas homologaciones y las producciones industriales se adaptan a
estos patrones tcnicos consensuados a nivel mundial, por una necesaria
economa de escala y para permitir que una persona ,para disponer del
mismo servicio, pueda adquirir su equipo, por la marca que le resulte
conveniente.
Las posibilidades de
generacin de las frecuencias para distintos usos del que menciono, desde
comunicaciones a rbitas satelitales, celulares, radiodifusin sonora o
televisiva, etc, tambin se acuerda en el seno de la UIT-R, organismo que
no dispone de un Consejo de Seguridad para ejercicio de veto y lugar
institucional donde, cada pas , representa un voto.
En su seno, se definen
acciones y procedimientos de Adjudicacin, Atribucin y Asignaciones del
recurso espectral y formas de comunicar las decisiones entre las
Administraciones nacionales de cada pas miembro.
En algunos casos, la
falta de uso de una frecuencia radioelctrica puede encubrir conductas
reprochables, como la de reserva de frecuencia. La asignacin de
frecuencias es un acto administrativo por el cual se permite el uso de una
frecuencia, para un determinado servicio, por el previo reconocimiento de
la aptitud de su utilizacin por medios homologados (equipos), respecto a
un usuario o licenciatario de servicios.
El acto administrativo
de asignacin de frecuencias, no puede llevarse a cabo sin la previa
atribucin de stas o bandas de las mismas y ste acto no puede
llevarse a cabo sin la previa adjudicacin ( respecto a pases,
servicios y frecuencias, respectivamente) que se decide en el seno de la
Unin Internacional de Telecomunicaciones (UIT-R), organismo ste que
ejerce el Poder de Polica a nivel internacional en la relacin entre
Administraciones, respecto a disponibilidades de frecuencias; de forma tal
que, determinadas frecuencias o bandas de frecuencias integran el
patrimonio de afectacin de la Nacin y la falta de uso de estas
facilidades implica la posibilidad que la autoridad de control a nivel
mundial ( antes IBRF Oficina Internacional de Registro de Frecuencias),
desafecte estos bienes del patrimonio nacional , por determinadas causas
regladas en Convenios Internacionales homologados por el Poder Legislativo
Nacional, operndose una especie de capittis diminuttio mxima en la
materia, ya que tales frecuencias no vuelven a ser afectadas en su condicin
original.
Por lo tanto, en
materia de Derecho Internacional Pblico, se verifica la existencia de
tres actos que implican disponer de frecuencias del espectro radioelctrico,
la Adjudicacin, la Atribucin y la Asignacin.
Tampoco se percibe
suma alguna por el uso del espacio areo que ocupa la frecuencia. La
frecuencia no ocupa espacio areo, si una aeronave lo que es de
competencia federal - lo ocupa, por ejemplo, una lnea de alta tensin
que atraviesa un fundo, para lo cual la regulacin de Electroductos fue
instituida en oportunidad del diseo del tendido de las redes de alta
tensin de la represa El Chocn. Para comprender el fenmeno fsico ,
debe advertirse que el trmino frecuencia se refiere a una secuencia de
hechos.
Frecuencia radioelctrica
es: la cantidad de veces en que un campo electromagntico cambia de
direccin, en la unidad de tiempo, a la velocidad de la luz en el vaco,
sin gua artificial. Se mide en ciclos, kilociclos, megaciclos,
gigaciclos, o bien en hertz, kilo hertz, mega hertz o gigaherzt y no ocupa
lugar alguno ya que no responde al concepto tradicional de la fsica mecnica
, donde se seala que el espacio ocupado por una partcula u objeto no
puede ser ocupado simultneamente por otro. Ms an, en la fsica mecnica
clsica, donde el lenguaje es preciso pero estrecho, no tiene valor lo
que es verdad o falso en los trminos de la lgica proposicional, sino
que tiene vigencia lo que se constituye como til o intil, por ejemplo:
el punto (interseccin entre dos rectas) que tiene masa ( el peso de un
cuerpo dividido por la aceleracin de la gravedad ; p/g ), o el concepto
de slido indeformable que considera que cualquier fuerza no deforma su
estructura molecular, todo lo cual es falso pero til para las
consecuencias que de estos conceptos se han inferido, para funcin de los
ingenieros y creatividad de los arquitectos.
El fenmeno
electromagntico puede describirse en el lenguaje tcnico o sociolgico,
dado que se trata de trminos de energa, y el concepto de energa es a
la fsica lo que el concepto de cultura es a la antropologa filosfica,
donde, en sta ltima se utiliza el lenguaje sociolgico, amplio, pero
difuso. Una traduccin secuencial y bidireccional posibilita una
comprensin del fenmeno desde distintos ngulos, como mas adelante se
describe.
CONSTITUCIN DE LA
PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO
ARTICULOS 87 Y 81
Por haber sido
instituidos de acuerdo a las formalidades legales vigentes, corresponde,
respetuosamente, emitir opinin fundada respecto a los artculos que se
mencionan de la Constitucin Provincial, en la inteligencia de apreciarse
el esfuerzo denodado que la justa defensa del federalismo implica, adems
y tambin, en la Constitucin Nacional y en el espritu y mejor de los
criterios que los seores Constituyentes de la Provincia de Tierra del
Fuego han puesto en vigencia para la construccin de la mxima norma de
la provincia.
Es en la esttica de
tal encuadre, en que se analizarn algunos institutos que, a nuestro
criterio, confirman claramente la competencia del Gobierno Nacional en la
materia, excluyendo la competencia provincial.
I .- EL CONCEPTO DE
RECURSO
II.- EL CONCEPTO DE
RECURSO NATURAL
III.-EL CONCEPTO DE
ESPECTRO
IV .- EL CONCEPTO DE
ESPECTRO ELECTROMAGNTICO
V.- EL CONCEPTO DE
ESPECTRO DE LUZ VISIBLE
VI.- EL CONCEPTO DE
ESPECTRO RADIOELCTRICO
VII .- LA CONSTITUCIN
NACIONAL
EL CONCEPTO DE RECURSO
Originariamente el
concepto deviene de las corrientes y las escuelas de la economa, habindose
denominado de tal forma a bienes que por su naturaleza intrnseca, en
existencia, extensin e intensidad son utilizables para determinados propsitos.
La caracterstica esencial del recurso es su dotacin finita, por lo
cual su obtencin o mantenimiento adquiere onerosidad, como tambin su
organizacin para su utilizacin.
Uno de los primeros
recursos de la edad moderna lo fueron los bienes inmuebles, siendo
desplazados en cuanto a su valor o representacin del valor por los
bienes muebles, mucho despus de la vigencia del papel moneda y contemporneamente
con los papeles de cambio que representaban un bien situado en otro
sitio. El documento mas representativo de sustitucin de la realidad por
una formalidad transportable lo es el denominado titulo de propiedad de
bien inmueble, el que tratndose de un documento portable es
considerado inmueble por representacin.
El cambio mas
radical en la representacin del papel moneda ocurri en la Conferencia
de Bretn Wood, donde la referencia del papel moneda al patrn oro dej
de tener vigencia, para asentarse en la produccin masiva de bienes y
servicios, tangibles e intangibles.
Hoy, el bien
constituido como recurso ineludible es el acceso a la informacin y la
informacin misma, lo que por si puede constituirse en un recurso con el
propsito de procesarla y obtener conocimiento. Pero existe una
especie de metabolismo que constituye un umbral entre el acopio de
informacin y la velocidad de su disponibilidad y la llegada al
conocimiento mismo, el que implica una verdadera tarea multidisciplinaria
de inteligencia estratgica, ahora ya instalada en el mbito empresario.
Entonces, el recurso para las decisiones est en la aptitud de elaborar
una prognosis lo mas certera posible.
Es en ste camino
donde se comenzaron a diferenciar los recursos tangibles de los
intangibles, crendose una zona gris para delimitar aquellos que son de
dotacin finita y aquellos que son de dotacin mutable, pero nunca no
finita.
Es en este proceso
donde el concepto de recurso adquiri adems de la caracterstica de
dotacin finita, el de instrumental, ya mas definitivamente. Contemporneamente
se presento el fenmeno de una expansin intensa de la utilizacin de
la generacin de ondas radioelctricas como portadoras de seales, en
distintas modulaciones y niveles de energa, con aplicaciones matemticas
que lograron traduccin tecnolgica ( algoritmos en spread spectrum ,
CDMA, etc.). El Silicio fue dejado como recurso para los microchips y se
volvi al arseniuro de galio para la construccin de generadores de seales
a partir de estructuras moleculares mas monolticas en materia de micro
electrnica aplicada a las radiocomunicaciones.
EL CONCEPTO DE RECURSO
NATURAL
Las crisis
petroleras y la hiperindustrialidad produjeron consecuencias que se
manifestaron en nuevos conceptos culturales, como la biodiversidad, la
concepcin de ecologa, la instalacin de una nueva y fuerte visin de
los recursos energticos tangibles y los derechos de su explotacin; lo
que se introdujo con la concepcin de la existencia de los mismos en la
naturaleza de la tierra, como el petrleo, el gas, las fuentes hdricas,
etc.
Una enorme y
diversa doctrina se produjo a propsito de stos recursos descubiertos
ahora como naturales. En el espectro radioelctrico, lo nico
natural , es lo que con tanta naturalidad se lo utiliza y no debe
confundirse sta prctica con la biodiversidad ecologa o de un
ecosistema, que s , con naturalidad esta presente, an antes de la
Creacin del hombre, de acuerdo al Nuevo Testamento. Como me han enseado:
el trmino biodiversidad atacada, se refiere a los peligros de la
lluvia cida o la degradacin de las condiciones de vidas por la polucin,
viva Ud. en un barrio humilde o en un sistema urbano sofisticado. Existe,
en el tema, una democrtica igualdad de exposicin a determinados
peligros , que pone a la gente algo nerviosa.
Esta doctrina fue
recogida por la legislacin de los nuevos mercados y las naciones que los
promovieron, en funcin de la extensin de los intereses estratgicos
de los nuevos actores.
No existe legislacin
que recepte al espectro radioelctrico, en su descripcin y tipificacin
como recurso natural, con necesario rigor intelectual, si existe doctrina
de divulgacin, la cual no ha incursionado en su continente , que es el
espectro electromagntico, que no es un recurso en su extensin
hiperespacial, sino en algunos aspectos vinculados a su degradacin por
terceros y en lo que hace a una pequea fraccin de l, como un bien
tremendamente importante: la luz visible, pero con una ausencia destacada
del concepto econmico de recurso. Pero s es natural, como el arco
iris, no podemos evitarlo, podemos degradarlo, como un ataque al recurso o
como proteccin, si fuera necesario.
Es precisamente en
ste punto en que se debati respecto a la llamada ecologa del
espectro radioelctrico, hablndose del estado sucio de algunas
bandas de frecuencias destinadas a ser utilizadas en servicios de
radiocomunicaciones mviles. Lo que introdujo la necesidad de forzar
migraciones de usuarios de un nivel de frecuencias generados por ellos a
otros a fin de posibilitar la habilitacin de nuevos servicios ,cuyos
prestadores generaran las seales necesarias en esas mismas bandas de
frecuencias con su propio equipamiento.
De esta forma una
nueva edad tecnolgica desplazo a la precedente y, adems, cuando la
tecnologa anterior pudo ser amortizada con la suficiente extensin y
con vistas a los ritmos de amortizacin y flujos de caja de los nuevos
servicios, cuyos parmetros fueron mensurados de forma tal, que otorgaron
certeza a la decisin de desprenderse de la anterior tecnologa e
invertir en la reciente.
En ste solo
aspecto se produjo una influencia del concepto de naturalidad al
recurso que nos ocupa en ste momento.
Inclusive, desde un
punto de vista quizs inslito para el caso, podramos afirmar que se
pueden considerar como recursos naturales, todos aquellos bienes, cosas y
elementos que, desde el punto de vista de la teologa o interpretacin
del Antiguo Testamento, fueron creados por Dios, antes que existiera el
Hombre y que ste llega a saber utilizarlos, sean o no renovables.
Tambin, respecto
a stos recursos, tipificados en grandes lneas por su naturaleza o no
de renovables, el espectro radioelctrico puede ser concebido en
algunos de stos trminos?. Estimo que es imposible, dado que solo lo
naturalmente presente, an con la ausencia del hombre, podra con
posterioridad a su presencia ser descripto de esa manera.
EL CONCEPTO DE
ESPECTRO
Un espectro es la
representacin visual y cognitiva segn un ordenamiento determinado a
priori con los elementos disponibles para llevar a cabo la representacin
. Esta representacin ,generalmente es plana, como el dibujar una
representacin del arco iris, que es natural pero, no es un recurso en
los trminos que nos estamos interesando. Tampoco est en el trafico jurdico
comercial, ni tutelado como un bien por las doctrinas y polticas ambientalistas,
aunque sea algo hermoso, objeto de estudio y explicaciones de la causa
eficiente de su presencia. No se ha escrito , que yo sepa, sobre su
utilidad. Salvo por los poetas, que abordaron el tema con decisin
inaudita.
Con un osciloscopio
puede observarse la representacin del cambio de direccin del campo
electromagntico de una frecuencia. En un toma corriente se verifica que
existen en Argentina 50 ciclos por segundo, en los EE.UU. se generan 60
ciclos por segundo. En argentina esa frecuencia esta con una diferencia de
potencial de 220 volts y en los EE.UU. con 110 volts.
Con un analizador
de espectro puede determinarse en que nivel de frecuencia o energa un
instrumento creado emite esa seal o radiacin.
Con un prisma puede
descomponerse la luz blanca en el espectro de color que la integran.
La tabla de
logaritmos es una representacin de un espectro matemtico, el concepto
de asinttico est en su naturaleza, es una concepcin certera de que
algo puede estar siempre acercndose a otro algo, sin jams
alcanzarlo, por lo cual se puede decir que para pasar del nmero 1 al
numero 2 , los pasos pueden ser infinitos, como tantos 9 puedan escribirse
o concebirse en los ordenes menores a la unidad, sin llegar nunca, al nmero
2. Por ejemplo: la medida 1,9 es menor a 1,99; sta ltima es menor a
1,999 y a su vez 1,9999 es mayor , as hasta el infinito, sin llegar jams
al 2.
Otra disponibilidad
de resultados tiles , mediante la representacin espectral, se presenta
en el campo de la astronoma. Por el mtodo similar a la constatacin
del efecto doppler en sonido, donde un mvil ,en el sentido de su
desplazamiento, comprime las ondas sonoras que se dispersan en ese mismo
camino, tambin ocurre los mismo con la luz respecto a su fuente emisora,
constatndose que una altsima velocidad genera un llamado efecto
doppler a partir de la radiacin de la luz visible ( espectro de luz
visible).
De tal forma se ha
verificado que el universo se encuentra en expansin, mediante una
observacin secuencial en el tiempo, denominada corrimiento al rojo,
ya que un desplazamiento sobre esta fraccin umbral del espectro de luz
visible implica un alejamiento de las radiaciones de mayor penetracin (
los rayos csmicos) y las fotografas secuenciales del desplazamiento de
determinadas lejanas estrellas, en la descomposicin espectral de la luz
visible por el lente ptico, permiten verificar una expansin de los
limites que se han podido mensurar en parte del universo.
Con todos los
ejemplos expresados, es posible , adems, realizar una representacin
plana que debe ser observada tenindose en cuenta la existencia de un
hiperespacio de convivencia simultanea de las radiaciones de distinto
nivel, aunque stas se representen para su anlisis o fines docentes
en forma de despliegue, como en el ejemplo de la incidencia de la luz
visible sobre la superficie de un prisma para su desagregado de los
colores (radiaciones) que la integran.
EL CONCEPTO DE
ESPECTRO ELECTROMAGNTICO
En base a lo
anterior, podemos ahora, describir la naturaleza de este espectro que
contiene otros espectros.
Las radiaciones que
lo integran lo hacen en una forma simultanea y cada una con distinto
factor de penetracin e incidencia sobre la superficie. Las radiaciones
mas penetrantes, cuya presencia se verifica con igual intensidad durante
el da o la noche, son los rayos csmicos, fundamentalmente integrados
por protones con gran energa que, atravesando una parte de ellos la atmsfera,
llegan a penetrar varios kilmetros por debajo de la superficie de la
corteza terrestre. Le siguen en intensidad los denominados Rayos X ,
seguidos en otro menor factor de penetracin por la Radiacin
ultravioleta lejana y la Radiacin ultravioleta cercana, a continuacin
se verifica, desde la radiacin lumnica del violeta hasta la del rojo
el denominado espectro de luz visible.
Mas all de la
radiacin lumnica del rojo se ubican las radiaciones infrarrojas
cercanas, luego las radiaciones infrarrojas lejanas.
Todas estas
radiaciones pueden representarse en un plano, lo mismo que la descomposicin
del prisma de luz visible, en funcin del factor de penetracin medido
en Armstrongs.
Varias de las
radiaciones mencionadas, no solo estn constituidas por protones, sino
tambin por otras partculas, como ser fotones, positrones, neutrones,
neutrinos, electrones, mesones, etc.
La composicin y
naturalidad de la presencia y generacin de las radiaciones que integran
el espectro electromagntico, nos indican que el mismo no puede ser
considerado como un recurso en el sentido econmico, por carecer de
dotacin finita o no haberse conocido los limites de agotamiento de las
emisiones de radiacin yen muchos casos ignorndose an la identificacin
de la fuente misma. Solo parcialmente, por tecnologa apropiada se pueden
utilizar con determinados fines algunas de estas radiaciones, como las
ultravioletas, las X y las infrarrojas, para convertirlas en un bien donde
el recurso es la tecnologa misma que permite este aprovechamiento .
No obstante se ha
verificado la posibilidad de generar artificialmente trafico radioelctrico
inteligente en el hiperespacio en que se encuentra este espectro, con
independencia de las radiaciones de todo tipo, por sistemas de filtro de
interferencias provenientes de la lluvia o viento estelar y otras
formas desorganizadas de energa.
Es precisamente el
calor, o la diferencias de temperaturas, las que permiten la conversin
de distintos tipos de energa, entre ellas la energa electromagntica
y de los campos gravitacionales de atraccin o equilibrio. Los principios
de la termodinmica introdujeron la nocin de Entropa, cuyo enunciado
bsico sostiene que distintas fuentes de energa calorfica tienden a
una transferencia que lleva a los objetos encuentren, en un momento dado,
un equilibrio trmico, es decir no existira diferencia de potencial
energtico que permita su transformacin y desplazamiento, por medios
naturales o artificiales.
Siempre dentro de
ste mismo concepto, la ausencia de desequilibrio creara una especie de
anomia entropica, donde la energa no se podra manifestar por el
equilibrio alcanzado y por lo tanto, el movimiento de un objeto, al no
disponerse de una fuente que lo produce, se reducira paulatinamente
hasta su detencin. Es as que la denominada energa cintica ( de los
cuerpos en movimiento: Ec= . Masa. Velocidad ), sera de imposible
realizacin, salvo la presencia remanente de fuerzas provenientes de los
campos gravitatorios en equilibrio.
Sera en sta ltima
hiptesis, donde se duda an, si seria posible generar seales radioelctricas
que se transporten por su condicin.
EL CONCEPTO DE
ESPECTRO RADIOELCTRICO
Se encuentra dentro
del concepto econmico de dotacin finita, tambin instituido por la
Unin Internacional de Telecomunicacin ( UIT-R), cuyo alcance mximo
es de 3000 Ghz.
Las seales
radioelctricas de ste espectro son generadas artificialmente por
desarrollos tecnolgicos, por los que se ha verificado que, en la escala
descripta del espectro electromagntico, se lo encuentra localizado entre
la gama de radiacin infrarroja cercana y la radiacin infrarroja
lejana.
Las seales son
transmisiones, las que a su vez son emisiones y recepciones, cuyos niveles
de energa y canalizaciones y tipos de servicios se acuerdan mundialmente
en el seno de la Unin Internacional de Telecomunicaciones, incluyndose
los espectros radioelctricos para los servicios fijos o mviles, de
voz, datos e imagen, destinados a servicios pblicos o de inters
publico, como la radiodifusin sonora y televisiva.
El plexo de
articulacin de la poltica exterior de la Nacin, depositada en el
Poder Ejecutivo Nacional, no solo se lleva a cabo en el mbito diplomtico,
que es un instrumento ms de la poltica exterior, los delegados
plenipotenciarios de Argentina, que participan en las deliberaciones peridicas
y decisiones de formacin de los Reglamentos que son Tratados
Internacionales, fundamentalmente estn integrados por expertos
profesionales del sector oficial de las Comunicaciones, es decir la
Autoridad de Aplicacin y la Autoridad de Control, respectivamente: la
Secretaria de Comunicaciones y la Comisin Nacional de Comunicaciones.
Los documentos de
la UIT incluyen el Reglamento, de cumplimiento obligatorio que integra el
Tratado que con cada modificacin homologa el Poder Legislativo Nacional
y promulga el PEN y son ley de la Nacin. Tambin se incluyen en otros
documentos oficiales de la UIT-R , Recomendaciones y Ruegos por intermedio
de los representantes de las Autoridades Nacionales, denominadas Las
Administraciones .
Por lo expuesto, el
espectro radioelctrico no es un recurso natural, es un recurso
artificialmente generado por la tecnologa, est en el comercio del
trafico jurdico de las autoridades nacionales de los pases que
integran la Unin, constituye un patrimonio de afectacin de Argentina,
acordado internacionalmente, en funcin de las tecnologas disponibles
en cada oportunidad y para los nuevos tipos de servicios que se crean en
el mercado comercial y de la defensa y seguridad. Adems, el Cdigo
Civil Argentino, inclusive con la ltima importante reforma de la ley
17.711, no incluy al espectro radioelctrico entre los bienes del
dominio publico del estado, hasta la fecha.
Desde la aparicin
comercial de la telegrafa inalmbrica, los representantes de las
naciones han llevado a cabo una tarea de coordinacin y Reglamentacin,
partiendo de las necesidades de armonizar sistemas de diferentes pases
para su interconexin, en tipos y modos de seales y como consecuencia,
en tipos de equipamiento, de all la necesidad de la homologacin de los
equipos utilizados en el mercado por los usuarios del espectro radioelctrico.
Las primeras
necesidades de coordinacin internacional, en el seno del entonces
denominado Comit Consultivo Internacional de Telegrafa ( CCIT ),
tuvieron como causa la necesidad de servicios de ayuda socorro y
salvamento en el trafico martimo y luego en el areo, existiendo a la
fecha para esos servicios reglamentaciones ad-hoc.
El fenmeno fsico
de la emisin de seales radioelctricas, que no se verifican con la
falta de operacin de la fuente emisora, permite hoy que en la misma
frecuencia operen distintos tipos de servicios por el modo de transporte
de seal, esta coexistencia radioelctrica se verifica mas
acentuadamente entre servicios de modulacin expandida y banda estrecha,
donde las categoras primarias y secundarias de la tipificacin
voluntaria que se introduce, constituye un reaseguro mayor en la
convivencia de distintos tipos de trafico.
Con respecto a la
historia, an muy reciente, de la evolucin de la naturaleza de utilidad
y valor del espectro radioelctrico como recurso artificial. Finito y
escaso, podemos indicar: segn el Dr. Ryszard G. Struzak:
1822 Concepto del
Espectro (fsico francs Fourier) El espectro es un concepto abstracto
1873 El espectro es un
objeto fisico (Maxwell)
1888 Primer
experimento con ondas radiales (Hertz).
1895 Primeras
comunicaciones inalmbricas ( Marconi-Popov)
1906 El Espectro es un
recurso compartido y debe ser coordinado entre los usuarios. (Primera
Conferencia de Radiotelegrafa en Berlin).
1910 Primera radio de
aviacin.
1921 Primera red de
radiodifusin.
1925 El Secretario de
Comercio de los EE.UU. anuncia: no hay mas espectro disponible. El
espectro es un recurso escaso que debe ser conservado.
1927 Tabla
Internacional de Asignacin de Frecuencias (10 Khz-60 Mhz). El espectro
se reparte y asigna a servicios separados.
1927 Creacin del
Comit Consultivo Internacional de Radio.
1932 Se considera al
espectro como un importante recurso de telecomunicaciones.
Integracin de las
actividades regulatorias de radio, telegrafa y telefona en
U.I.T.
1939 Primera televisin
comercial.
1939-1945 Enorme
progreso de la radio militar.
1947 Creacin de la
IFRB y de la Lista Internacional de Frecuencias.
El uso del espectro
debe ser estrictamente regulado a nivel internacional.
1948 Primer sistema pblico
de paging.
1957 Primer satlite
terrestre artificial.
1958 Primera transmisin
de datos va satlite.
1978 Primer telfono
pblico inalmbrico.
1989 Creacin de
derechos negociables de frecuencias en N.Zelanda.
1995 El espectro es un
producto que est en el comercio. Licitaciones de espectro record en
EE.UU.
El espectro radioelctrico
es igual a tecnologa,industria,dinero,cultura y poder (Bedin).
Luego de cien aos
de un desarrollo extraordinario, la radio esta entrando en una nueva era.
Las tecnologas convergentes de computacin y de comunicaciones les
proporcionan inteligencia a las viejas aplicaciones y generan aplicaciones
nuevas. El Espectro radioelctrico es vital en muchas reas.Algunos
ejemplos son la defensa nacional, la seguridad pblica, las advertencias
de desastres, el control del trafico areo y el monitoreo del medio
ambiente.La UIT ha registrado mas asignaciones de frecuencias en los ltimos
aos que durante toda la historia anterior de la radio. Es un hecho
ampliamente reconocido que el espectro radioelctrico ser el principal
motor del crecimiento econmico y de la mejora del nivel de vida en las
prximas dcadas. Para utilizar una banda de frecuencia o posicin
orbital especifica hay que pasar por un arduo proceso de coordinacin,
autorizacin, obtencin de licencias, etc., con importante intervencin
de los gobiernos.
El espectro tiene
ahora su medida y su precio, pero an no existe una aceptacin
universal, el Jurista francs J.D. Bedn dice que el espectro es igual a
tecnologa, industria, dinero, cultura y poder. El concepto radioelctrico
es un concepto multidimensional.
Est ampliamente
aceptado que sus dimensiones incluyen el ancho de banda de la frecuencia
de radio, el lapso de tiempo y el volumen geogrfico, algunos han
introducido el concepto de polarizacin. ( RYSZARD G. STRUZAK, ( XXV
Asamblea General ,Comisin E, Unin Internacional de Ciencias Radiales,
Lille, 28 de Agosto 6 de Septiembre de 1996 y 13 Simposio y Exhibicin
Internacional de Compatibilidad Electromagntica de Wroclaw, 25 al 28 de
Junio de 1996.).
Sin embargo el Sr.
Ryszard G. Struzak , expresa en un anlisis , que el espectro radioelctrico
es un bien natural que debera considerarse patrimonio de la humanidad.
Con lo cual, respetuosamente, me permito no estar de acuerdo. La UNESCO
podr declarar de patrimonio de la humanidad determinados bienes, por
solicitud de un tercero, pero no posee ni le corresponde incursionar en lo
que es competencia de la Unin Internacional de Telecomunicaciones, (que
es el sitio legitimado inclusive por las Naciones Unidas, la
Organizacin Mundial del Comercio, y otros importantes entes de nivel
internacional o regional, como lo es , por ejemplo, la Unin Europea), en
que estn todos los terceros: las Administraciones representativas de los
Estados Nacionales de todo el mundo.
Considero que, la
tecnologa, la industria, el dinero, la cultura y el poder que implica
el espectro radioelctrico, no constituyen un bien natural y que puedan
estos valores considerarse patrimonio de la humanidad. Cualquiera sea la
posicin teolgica o dogmtica de quien participe de sta discusin.
No nos encontramos
ante la posibilidad de una delegacin de competencias, debemos poner sumo
cuidado en el ejercicio de se poder aludido, debemos recordar que, un
gran poder, durante casi 1153 aos, que se expres como reinado,
republica y monarqua, delego la custodia de sus fronteras, tercerizndolas
y , con el mismo empeo y gran talento, construyo caminos por todo su
territorio para integrarlo a una concepcin econmica y poltica,
expresando el manejo y dominio de una gran tecnologa en su tiempo. El
fracaso de la tercerizacin, permiti que por esos mismos caminos
llegara la desgracia para cada del poder, y luego, por esos mismos
caminos, luego se expandi el Cristianismo,. Como aprendimos cuando
estudiamos Derecho Romano.
Podemos, an informar
que, la energa que implica el espectro radioelctrico no constituye una
forma de energa desorganizada, como sera la energa calorfica
natural, forma parte de la naturaleza de espectro radioelctrico el que,
para ser tal, la organizacin de su produccin es previa y necesaria
para que adquiera su condicin y ,por ende, su utilidad y propsito.
Por supuesto que la
generacin de seales radioelctricas pueden que contengan
imperfecciones que degraden su calidad de seal o su alcance o su
potencia o desborde la misma frecuencia ( previamente asignada para su
produccin con el comienzo del uso) para que fuera programada por medio
de una concepcin fsico-matemtica que pudo obtener una traduccin
tecnolgica. Ello podra provocar perjuicios a la emisin y/o recepcin
de otras seales, es decir : interferencias.
Las interferencias
pueden ser ocasionadas por una inapropiada manipulacin de los equipos o
por defectos de stos, un poco como si se tratara, en ste ultimo
supuesto, de vicios redhibitorios virtuales intangibles de un bien que no
es cosa. Y como tal tienen un tratamiento o procedimiento para su deteccin
y cese.
Un microchip puede
contener un defecto de fabricacin, por la introduccin de una impureza
en su estructura y solo percibirse el defecto o vicio con la constatacin
de la explotacin o uso del sistema.
Las interferencias se
clasifican a su vez en : admisibles, esperadas y perjudiciales. Si se
acepta la posibilidad de interferencias admisibles se est aceptando que
ellas pueden ser producidas sin culpa o dolo, como ocurre con las
emisiones radioelctricas que llegan como mximo a 30 mega hertz, dado
que estas estn condicionadas en su propagacin a efectos de reflexin
y son motivo de disturbio por parte de la actividad solar o el clima, la
presencia de espejos de agua o diferencias de temperaturas en cada lugar,
el que puede ser distinto en el lugar de la emisin y en el de recepcin
o viceversa.
La existencia de
equipamiento de radio til en la banda de frecuencia indicada, es otro
importante indicio que seala a la tecnologa de produccin de ondas
radioelctricas en condiciones adversas de elementos naturales no creados
por el hombre. Y los usuarios de estos servicios son ciento de miles. Y
los nuevos equipos para estas frecuencias son cada vez mas perfectos en la
generacin de las ondas radioelctricas destinadas a stos niveles de
energa. Inclusive venciendo las condiciones naturales de una forma de
propagacin por reflexin (no directa). Tal es as que en la reciente
reunin de Radiocomunicaciones de Estambul 2000 (UIT-R), se agendo que
estas frecuencias podran en un futuro muy prximo atribuirse a
servicios de radiodifusin sonora a nivel mundial.
Esta posibilidad
implica una repotenciacion de los valores comerciales de las frecuencias
atribuidas en el futuro con ese propsito e implica el diseo y produccin
de plantas transmisoras de radiodifusin sonora de nuevas caractersticas
con usos , por parte de las Administraciones Nacionales, compartimentada
en el tiempo.
El cambio de velocidad
de la velocidad del cambio, una aceleracin , deviene en exponencial, es
decir , una representacin cuadrtica, no lineal y posiblemente se
instaure la obligacin de migraciones de actuales emisiones en esas
frecuencias a otras, con las consiguientes nuevas inversiones que tal
novacion implica. La migracin implica cambio del equipo o terminal de
radio utilizado y ello es motivo de planeamiento prudente y anticipado por
parte de la industria del sector, con todas las consecuencias que ello
implica en materia de inversiones, anlisis de mercado y precios y
costos.
LA CONSTITUCIN NACINAL
CAPITULO CUARTO
-ATRIBUCIONES DEL CONGRESO
Art. 75: Corresponde
al Congreso:
Inc 13 : Reglar el
comercio con las naciones extranjeras y de las provincias entre s.-
Inc 14 : Arreglar y
establecer los correos generales de la Nacin.
Inc.16 : Proveer a la
seguridad de las fronteras.
CAPITULO
TERCERO-ATRIBUCIONES DEL PODER EJECUTIVO
Art. 99: El Presidente
de la Nacin tiene las siguientes atribuciones.
Inc 2 : Expide las
instrucciones y Reglamentos que sean necesarios para la ejecucin de las
leyes de la Nacin, cuidando de no alterar su espritu con excepciones
reglamentarias.
Ver. Ley 19798
(Telecomunicaciones) Decretos 62/90, 1185/90, 764/2000 y sus anexos, especficamente
el Anexo IV Espectro Radioelctrico, Administracin, Gestin y Control.
CONSTITUCIN DE LA
PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO
CAPITULO V-POLTICA
DE RECURSOS NATURALES
ESPECTRO DE
FRECUENCIA.
Articulo 88: El
espectro de frecuencia es un recurso natural de dominio pblico. La
Provincia en uso de su autonoma, se reserva el derecho de legislar en
materia de radiodifusin y televisin. Los modelos de comunicacin
tendrn en cuenta la afirmacin de la integracin y autonoma
provinciales.
Obsrvese que, en mi
opinin, se introduce el concepto de espectro de frecuencias, sin
quedar delimitado si se refiere a cualquier espectro contenido en el
espectro electromagntico, como ser el espectro de frecuencias de luz
visible o el espectro de frecuencias correspondiente a las radiaciones
ultravioletas, o al espectro de frecuencias del espectro de luz visible,
(como en el caso del arco iris ). Considero que la tcnica legislativa es
inapropiada.
La norma
constitucional de la provincia, a continuacin incursiona en el concepto
de recurso natural, que considero suficientemente analizado ms arriba y,
como ya sealramos, el Cdigo Civil que es una ley que deviene del
ordenamiento de la Constitucin Nacional, no incluye a ste bien entre
los que corresponden al dominio publico del estado.
Debe considerarse que,
las facultades del estado nacional en materia de su competencia, no solo
pueden devenir del carcter o naturaleza jurdica de lo que se instala
como bien del dominio pblico, por ejemplo lo que hace a materia de
poltica y energa nuclear, donde se utilizan radiaciones y partculas
que se han mencionado en la constitucin del espectro electromagntico y
constituye objeto del la competencia del poder federal.
Continua el precepto
introduciendo la concepcin de dominio publico del indefinido espectro
que enuncia.
Instala una reserva de
derechos en cuanto a legislar en materia de radiodifusin, cuando la CSJN
tiene firmemente sentada la competencia federal en la materia, con otro
defecto legislativo, el termino unitario radiodifusin implica la
sonora y la televisiva por enlaces alambricos (pares de cobre, cable
coaxial,. Fibra ptica, etc) o inalmbricos ( spread spectrum, banda
angosta, banda ancha, alta densidad, etc. ) que, en ste ltimo caso
utilizan la generacin de espectro radioelctrico regulado para bandas
de frecuencias que se acordaron en el seno de la Union Internacional de
Telecomunicaciones, Oficina de Radiocomunicaciones (UIT-R).
Cuando la mxima
norma provincial se refiere a modelos de comunicacin aqu
firmemente introduce un importante concepto sociolgico que, por su
naturaleza de expresin de una voluntad poltica debe forzosamente tener
su correlato en la elaboracin y aplicacin de normas que confirmen ste
modelo, las normas no solo deben ser tcnicas, sino desbordar ste lmite,
para regular en la materia: radiodifusin sonora y televisiva (abierta o
en cable, o satelital ) e incursionar en lo que es la Administracin,
Control y Gestion del Espectro Radioelctrico, fracturadamente, es decir
solo en las bandas de frecuencias que correspondan a los servicios
mencionados. Parcialidad operativa de imposible cumplimiento.
Corresponde en este
estado, profundizar el anlisis de la cuestin en funcin de las normas
constitucionales involucradas.
Queda establecido, por
lo expresado mas arriba, que el espectro radioelctrico no es un recurso
natural, ni en los trminos en que la doctrina de la actual concepcin
de la ecologa aborda los recursos naturales renovables y no renovables,
ligados al aspecto de la biodiversidad a tutelarse.
Por ello, su propiedad
y regulacin no es una de las facultades reservadas de las Provincias,
conforme expresamente establece nuestra Carta Magna en el Articulo 124-
ultimo prrafo - , ya que no se trata de tales recursos.
El Artculo 31 de la
Constitucin Nacional, al establecer la supremaca axiolgica de la
misma, las leyes que en su consecuencia se dicten y los tratados
internacionales por sobre las normas provinciales, incluso sus
Constituciones, establece un ordenamiento que no debe conmoverse con el
ejercicio de las autonomas de los estados provinciales.
En consecuencia, tal
como se ha pronunciado en innumerables casos la Corte Suprema de Justicia
de la Nacin, las Constituciones y Leyes de las Provincias estn
impedidas de legislar sobre materias que corresponden a la jurisdiccin
federal.
Tambin es de
naturaleza indubitable, y ms an despus de la Reforma de 1994 que,
los tratados internacionales tienen jerarqua superior a las leyes; en
tal sentido , es claro el Artculo 75, inciso 22 de la Constitucin
Nacional.
Lo relativo al
espectro radioelctrico, como se infiere de lo expresado en el fundamento
precedente de ste dictamen, es materia estrictamente federal, ya que su
administracin y gestin corresponde al Estado Nacional.
La supremaca de la
Constitucin Nacional y leyes Federales sobre las normas provinciales, se
infiere de la materia tratada como delegada expresamente o de materias
reservadas , tambin , a las provincias por una norma constitucional
expresa. En tales casos deber prevalecer la norma local sobre la federal
o bien, como en los casos de los Cdigo de Agua , podra instalarse una
omisin legislativa en materia federal; tal es, en ste especfico
caso, la imposicin de una realidad topolgica o topogrfica o caractersticas
de recursos naturales que, siendo diversos en el territorio por su
naturaleza tienen enorme implicancia local que inclusive se traducen en
efectos sobre la toponimia sociologicamente aceptada.
El Artculo 124 de la
Constitucin Nacional como se dijo reserva a favor de los Estados
Provinciales recursos naturales existentes en su territorio; pero ha
quedado establecido que el espectro radioelctrico no es un recurso
natural y, por ello la inclusin del mismo efectuada por los seores
representantes y constituyentes Fueguinos es incorrecta, por lo que
colisiona con el ordenamiento Constitucional de la Nacin Artculo
126 C. Nacional - .
Como conclusin,
consideramos prudente y necesario sealar que el Artculo 88 de la
Constitucin de la Provincia de Tierra del Fuego, resulta
inconstitucional colisionando con la Carta Magna Nacional por:
a.- Incursionar la
norma provincial en materia delegada al Poder Federal, y,
b.- Por intentar
incluir en la reserva del Artculo 124 de la Constitucin Nacional un
bien cuya tipificacin es ajena al concepto de recurso natural, sea ste
renovable o no.
Es ahora oportuno
analizar la naturaleza de la voluntad poltica de los seores
Constituyentes de la Provincia de Tierra del Fuego.
Han deseado manifestar
lo siguiente:
a.- Consideran que los
habitantes de la provincia, por intermedio de sus representantes ( que
tambien se encuentran en el Senado de la Nacin ). Deben tener facultades
suficientes y necesarias para regular en todo el territorio provincial las
polticas que hacen a la radiodifusin sonora y televisiva, utilicen o
no como transporte de seales el espectro radioelctrico.
b.- Las autoridades
provinciales podran llamar a concurso para habilitar nuevas estaciones
radioemisoras de TV o radio y tener el ejercicio del poder de policia en
la materia.
c.- Podrn expresar
ese poder de polica respecto a los efectos de las actuales emisoras
localizadas en el territorio provincial.
d.- Por lo expresado,
reconocern igual facultades a otros gobiernos provinciales, en ste
tema.
e.- Por el instituto
analizado, el Gobierno de la Provincia de Tierra del Fuego, tendra
facultades para regular y entender en los servicios de acceso a Internet
cuando el vinculo de acceso se realice inalmbricamente , utilizando
recurso espectral, y por lo tanto podra entender en materia de Licencias
para reconocer aptitudes en la provisin de ste tipo de servicios.
As las cosas, los seores
Constituyentes estn manifestando y suscribiendo que la historia del
tema, en la novsima provincia de Tierra del Fuego no ha sido la que
consideran es necesaria en el territorio y que desde el poder central
federal las opiniones provinciales no son consideradas en la magnitud que
los intereses vinculados a la concepcin de la autonoma provincial
exigen.
Los seores
Constituyentes han tenido muy en claro que la televisin y la radiodifusin
sonora constituyen un fuerte poder de accion respecto a la opinin
publica ,inclusive como medio de generacin de percepciones o para
tutelar, por su medio, concepciones o valoraciones politicas locales o
nacionales
Pero, considero que,
tal como se promueve esa voluntad no es la adecuada, ni tcnica, ni
legislativa ni polticamente. En un caso especifico de ste verdadero
conflicto de normas, la Corte Suprema de Justicia de la Nacin deber
expedirse, como nico rgano constitucional habilitado en el pas para
la interpretacin de las normas constitucionales vigentes.
No corresponde traer
al caso la jurisprudencia profusa de la CSJN respecto a la llamada clusula
de comercio y el trafico interprovincial, ya que una FM puede no ser
trafico radioelctrico interprovincial.; lo mismo que un circuito cerrado
de televisin comunitaria que efecte los enlaces desde la planta de
distribucin hacia los abonados por vnculo radioelctrico que, en su
caso, puede estar sujeto a compresin de seal para dar al remanente
de espectro otro destino u otro tipo de servicio.
Aqu, est ausente
el caso de trafico interprovincial , inclusive en su parte local.
Esta instalado, por la Provincia, el concepto de recurso natural para su
gestin comercial en el mbito provincial, instalndose el concepto
dominio publico, como derivada primera de la primer premisa, en una
traslacin mecanicista de la construccin de la competencia federal
respecto a ste dominio, acotado ahora por la geografa poltica que
corresponde a la provincia que tiene domino, segn sostiene, respecto al
medio instrumental radioelctrico.
UNA CONCLUSIN
DECISIVA
En ultima instancia,
los seores Constituyentes de la Provincia Argentina de Tierra del Fuego
estn proponiendo, reclamando, exigiendo, el que se articule un
procedimiento que implique: como se accede al ejercicio del poder que
impida la marginacin de las Provincias en la discusin, elaboracin y
aplicacin de polticas respecto a la presencia de ese NUEVO PODER que
es el ACCESO A LA INFORMACION y el ACCESO al PROCESO de tratamiento de la
misma , para convertirla en CONOCIMIENTO UTIL y as pueda percibirlo,
apreciarlo y juzgarlo la gente.
Se trata de DOS
niveles de acceso, ambos estn firmemente teidos de decisiones polticas
del ms alto nivel, que hace a LOS MODELOS que se considera, deben
promoverse.
Es posible , de
acuerdo a los mecanismos disponibles , instalar esta instancia,
constructivamente PARA TODOS?.
Ese es el desafo. EL
MODELO, acordado el mismo, lo instrumental deviene si, con naturalidad.
He dedicado 43 aos
de mi vida para tratar de alcanzar una concepcin unvoca de nuestra
realidad nacional en el tema, no lo he logrado y, percibo , que nuestro
destino como Nacin contiene este problema. Argentina no debe ser solo un
lugar, debe ser lo que logremos construir. Para felicidad del pueblo y
grandeza de la Patria.
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