DERECHO CONSTITUCIONAL COLISION DE NORMAS
CONSTITUCIN NACIONAL CONSTITUCIN DE LA PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO
RECURSOS NATURALES PROPIEDAD DE LA PROVINCIA

Por Juan Romero de Dios
18/02/03

DOCTRINA: PUBLICADO EN "EL DERECHO", de la Universidad Catlica Argentina, N 10.665, EL LUNES 6 DE ENERO DE 2003.- 

Autor: Dr Juan de Dios Romero, se desempea en la Comisin Nacional de Comunicaciones - miembro de "Abogados Voluntarios" de "PODER CIUDADANO", de la Fundacin FORD, distinguido como el "abogado del mes de enero de 2003", por su voluntariado gratuito y, es a su vez, promotor de la iniciativa "UN INVIERNO, UN TECHO, UNA PERSONA", con el objeto de lograr lugares protegido a personas que duermen sin tutela en la va publica

-se reproduce con autorizacin del autor-

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En poco tiempo, se dispondr en el mercado, de un dispositivo que permitir a las personas , prender o apagar, cerrar o abrir, todo aquello que cumpla una funcin con estas acciones: interruptores, cerraduras, etc, todo ello a distancia, utilizando frecuencias del espectro radioelctrico; ya fue presentado en una feria de Alemania y hace pocos das otra empresa tambin lo presento en Europa, algunos especialistas sostienen que podra ser operable hasta 100 metros de distancia de lo que se pretende accionar, Ud. ya puede imaginar la multiplicidad de usos. El sistema se denomina Bluetooth.
Irrumpir con enorme fuerza y seduccin. Se utilizar en domicilios, oficinas, etc, hoy en esos sitios no existe la frecuencia en que operarn estos equipos, las frecuencias ser generadas y controladas por el sistema mismo. Esas frecuencias no estn hoy all, naturalmente, esperando al nuevo artefacto. Estas frecuencias se generaran por el artificio del talento del hombre, y aunque en el caso sean a partir del comienzo del uso, un recurso, ste recurso no es natural, es natural el medio por el que se desplazan, irrumpe por las paredes y puertas sin ocupar el lugar de estas cosas, lo que no es para nada algo natural, salvo que se trate de rayos csmicos o rayos X o radiaciones ionizantes alfa, beta o gamma, todo lo cual es sumamente peligroso.
La persona que opere el sistema, dispondr de una libertad de movilidad mientras lo hace, es decir, se trata de un terminal de radio mvil, por el cual tambin se podr iniciar la operacin de otro terminal que puede ser de radio o inalmbrico en su funcin, como ser una PC.
La frecuencia que se utilice para mandar las seales a voluntad est regulada a nivel mundial, precisamente en el seno de la Unin Internacional de Telecomunicaciones, por medio de la oficina de Radiocomunicaciones,( UIT-R), organismo que vincula a nuestro pas por un tratado internacional vigente y que cada cuatro aos se revisa con la asistencia de delegados plenipotenciarios de Argentina.
Precisamente, en la UIT-R se discute ,adems, el aspecto tecnolgico de estos aparatos, para unificar a escala continental temas tcnicos, por los que se vuelve necesario que en cada pas se respeten estas normas.
El procedimiento se denomina homologacin del equipo, que equivale a una certificacin que las autoridades expiden y que pretende asegurar que no se causar perjuicios a terceros. Lo que es registrado, es decir, existe un Registro de stas homologaciones y las producciones industriales se adaptan a estos patrones tcnicos consensuados a nivel mundial, por una necesaria economa de escala y para permitir que una persona ,para disponer del mismo servicio, pueda adquirir su equipo, por la marca que le resulte conveniente.
Las posibilidades de generacin de las frecuencias para distintos usos del que menciono, desde comunicaciones a rbitas satelitales, celulares, radiodifusin sonora o televisiva, etc, tambin se acuerda en el seno de la UIT-R, organismo que no dispone de un Consejo de Seguridad para ejercicio de veto y lugar institucional donde, cada pas , representa un voto.
En su seno, se definen acciones y procedimientos de Adjudicacin, Atribucin y Asignaciones del recurso espectral y formas de comunicar las decisiones entre las Administraciones nacionales de cada pas miembro.
En algunos casos, la falta de uso de una frecuencia radioelctrica puede encubrir conductas reprochables, como la de reserva de frecuencia. La asignacin de frecuencias es un acto administrativo por el cual se permite el uso de una frecuencia, para un determinado servicio, por el previo reconocimiento de la aptitud de su utilizacin por medios homologados (equipos), respecto a un usuario o licenciatario de servicios.
El acto administrativo de asignacin de frecuencias, no puede llevarse a cabo sin la previa atribucin de stas o bandas de las mismas y ste acto no puede llevarse a cabo sin la previa adjudicacin ( respecto a pases, servicios y frecuencias, respectivamente) que se decide en el seno de la Unin Internacional de Telecomunicaciones (UIT-R), organismo ste que ejerce el Poder de Polica a nivel internacional en la relacin entre Administraciones, respecto a disponibilidades de frecuencias; de forma tal que, determinadas frecuencias o bandas de frecuencias integran el patrimonio de afectacin de la Nacin y la falta de uso de estas facilidades implica la posibilidad que la autoridad de control a nivel mundial ( antes IBRF Oficina Internacional de Registro de Frecuencias), desafecte estos bienes del patrimonio nacional , por determinadas causas regladas en Convenios Internacionales homologados por el Poder Legislativo Nacional, operndose una especie de capittis diminuttio mxima en la materia, ya que tales frecuencias no vuelven a ser afectadas en su condicin original.
Por lo tanto, en materia de Derecho Internacional Pblico, se verifica la existencia de tres actos que implican disponer de frecuencias del espectro radioelctrico, la Adjudicacin, la Atribucin y la Asignacin.
Tampoco se percibe suma alguna por el uso del espacio areo que ocupa la frecuencia. La frecuencia no ocupa espacio areo, si una aeronave lo que es de competencia federal - lo ocupa, por ejemplo, una lnea de alta tensin que atraviesa un fundo, para lo cual la regulacin de Electroductos fue instituida en oportunidad del diseo del tendido de las redes de alta tensin de la represa El Chocn. Para comprender el fenmeno fsico , debe advertirse que el trmino frecuencia se refiere a una secuencia de hechos.
Frecuencia radioelctrica es: la cantidad de veces en que un campo electromagntico cambia de direccin, en la unidad de tiempo, a la velocidad de la luz en el vaco, sin gua artificial. Se mide en ciclos, kilociclos, megaciclos, gigaciclos, o bien en hertz, kilo hertz, mega hertz o gigaherzt y no ocupa lugar alguno ya que no responde al concepto tradicional de la fsica mecnica , donde se seala que el espacio ocupado por una partcula u objeto no puede ser ocupado simultneamente por otro. Ms an, en la fsica mecnica clsica, donde el lenguaje es preciso pero estrecho, no tiene valor lo que es verdad o falso en los trminos de la lgica proposicional, sino que tiene vigencia lo que se constituye como til o intil, por ejemplo: el punto (interseccin entre dos rectas) que tiene masa ( el peso de un cuerpo dividido por la aceleracin de la gravedad ; p/g ), o el concepto de slido indeformable que considera que cualquier fuerza no deforma su estructura molecular, todo lo cual es falso pero til para las consecuencias que de estos conceptos se han inferido, para funcin de los ingenieros y creatividad de los arquitectos.
El fenmeno electromagntico puede describirse en el lenguaje tcnico o sociolgico, dado que se trata de trminos de energa, y el concepto de energa es a la fsica lo que el concepto de cultura es a la antropologa filosfica, donde, en sta ltima se utiliza el lenguaje sociolgico, amplio, pero difuso. Una traduccin secuencial y bidireccional posibilita una comprensin del fenmeno desde distintos ngulos, como mas adelante se describe.
CONSTITUCIN DE LA PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO
ARTICULOS 87 Y 81
Por haber sido instituidos de acuerdo a las formalidades legales vigentes, corresponde, respetuosamente, emitir opinin fundada respecto a los artculos que se mencionan de la Constitucin Provincial, en la inteligencia de apreciarse el esfuerzo denodado que la justa defensa del federalismo implica, adems y tambin, en la Constitucin Nacional y en el espritu y mejor de los criterios que los seores Constituyentes de la Provincia de Tierra del Fuego han puesto en vigencia para la construccin de la mxima norma de la provincia.
Es en la esttica de tal encuadre, en que se analizarn algunos institutos que, a nuestro criterio, confirman claramente la competencia del Gobierno Nacional en la materia, excluyendo la competencia provincial.
I .- EL CONCEPTO DE RECURSO
II.- EL CONCEPTO DE RECURSO NATURAL
III.-EL CONCEPTO DE ESPECTRO
IV .- EL CONCEPTO DE ESPECTRO ELECTROMAGNTICO
V.- EL CONCEPTO DE ESPECTRO DE LUZ VISIBLE
VI.- EL CONCEPTO DE ESPECTRO RADIOELCTRICO
VII .- LA CONSTITUCIN NACIONAL
EL CONCEPTO DE RECURSO
Originariamente el concepto deviene de las corrientes y las escuelas de la economa, habindose denominado de tal forma a bienes que por su naturaleza intrnseca, en existencia, extensin e intensidad son utilizables para determinados propsitos. La caracterstica esencial del recurso es su dotacin finita, por lo cual su obtencin o mantenimiento adquiere onerosidad, como tambin su organizacin para su utilizacin.
Uno de los primeros recursos de la edad moderna lo fueron los bienes inmuebles, siendo desplazados en cuanto a su valor o representacin del valor por los bienes muebles, mucho despus de la vigencia del papel moneda y contemporneamente con los papeles de cambio que representaban un bien situado en otro sitio. El documento mas representativo de sustitucin de la realidad por una formalidad transportable lo es el denominado titulo de propiedad de bien inmueble, el que tratndose de un documento portable es considerado inmueble por representacin.
El cambio mas radical en la representacin del papel moneda ocurri en la Conferencia de Bretn Wood, donde la referencia del papel moneda al patrn oro dej de tener vigencia, para asentarse en la produccin masiva de bienes y servicios, tangibles e intangibles.
Hoy, el bien constituido como recurso ineludible es el acceso a la informacin y la informacin misma, lo que por si puede constituirse en un recurso con el propsito de procesarla y obtener conocimiento. Pero existe una especie de metabolismo que constituye un umbral entre el acopio de informacin y la velocidad de su disponibilidad y la llegada al conocimiento mismo, el que implica una verdadera tarea multidisciplinaria de inteligencia estratgica, ahora ya instalada en el mbito empresario. Entonces, el recurso para las decisiones est en la aptitud de elaborar una prognosis lo mas certera posible.
Es en ste camino donde se comenzaron a diferenciar los recursos tangibles de los intangibles, crendose una zona gris para delimitar aquellos que son de dotacin finita y aquellos que son de dotacin mutable, pero nunca no finita.
Es en este proceso donde el concepto de recurso adquiri adems de la caracterstica de dotacin finita, el de instrumental, ya mas definitivamente. Contemporneamente se presento el fenmeno de una expansin intensa de la utilizacin de la generacin de ondas radioelctricas como portadoras de seales, en distintas modulaciones y niveles de energa, con aplicaciones matemticas que lograron traduccin tecnolgica ( algoritmos en spread spectrum , CDMA, etc.). El Silicio fue dejado como recurso para los microchips y se volvi al arseniuro de galio para la construccin de generadores de seales a partir de estructuras moleculares mas monolticas en materia de micro electrnica aplicada a las radiocomunicaciones.
EL CONCEPTO DE RECURSO NATURAL
Las crisis petroleras y la hiperindustrialidad produjeron consecuencias que se manifestaron en nuevos conceptos culturales, como la biodiversidad, la concepcin de ecologa, la instalacin de una nueva y fuerte visin de los recursos energticos tangibles y los derechos de su explotacin; lo que se introdujo con la concepcin de la existencia de los mismos en la naturaleza de la tierra, como el petrleo, el gas, las fuentes hdricas, etc.
Una enorme y diversa doctrina se produjo a propsito de stos recursos descubiertos ahora como naturales. En el espectro radioelctrico, lo nico natural , es lo que con tanta naturalidad se lo utiliza y no debe confundirse sta prctica con la biodiversidad ecologa o de un ecosistema, que s , con naturalidad esta presente, an antes de la Creacin del hombre, de acuerdo al Nuevo Testamento. Como me han enseado: el trmino biodiversidad atacada, se refiere a los peligros de la lluvia cida o la degradacin de las condiciones de vidas por la polucin, viva Ud. en un barrio humilde o en un sistema urbano sofisticado. Existe, en el tema, una democrtica igualdad de exposicin a determinados peligros , que pone a la gente algo nerviosa.
Esta doctrina fue recogida por la legislacin de los nuevos mercados y las naciones que los promovieron, en funcin de la extensin de los intereses estratgicos de los nuevos actores.
No existe legislacin que recepte al espectro radioelctrico, en su descripcin y tipificacin como recurso natural, con necesario rigor intelectual, si existe doctrina de divulgacin, la cual no ha incursionado en su continente , que es el espectro electromagntico, que no es un recurso en su extensin hiperespacial, sino en algunos aspectos vinculados a su degradacin por terceros y en lo que hace a una pequea fraccin de l, como un bien tremendamente importante: la luz visible, pero con una ausencia destacada del concepto econmico de recurso. Pero s es natural, como el arco iris, no podemos evitarlo, podemos degradarlo, como un ataque al recurso o como proteccin, si fuera necesario.
Es precisamente en ste punto en que se debati respecto a la llamada ecologa del espectro radioelctrico, hablndose del estado sucio de algunas bandas de frecuencias destinadas a ser utilizadas en servicios de radiocomunicaciones mviles. Lo que introdujo la necesidad de forzar migraciones de usuarios de un nivel de frecuencias generados por ellos a otros a fin de posibilitar la habilitacin de nuevos servicios ,cuyos prestadores generaran las seales necesarias en esas mismas bandas de frecuencias con su propio equipamiento.
De esta forma una nueva edad tecnolgica desplazo a la precedente y, adems, cuando la tecnologa anterior pudo ser amortizada con la suficiente extensin y con vistas a los ritmos de amortizacin y flujos de caja de los nuevos servicios, cuyos parmetros fueron mensurados de forma tal, que otorgaron certeza a la decisin de desprenderse de la anterior tecnologa e invertir en la reciente.
En ste solo aspecto se produjo una influencia del concepto de naturalidad al recurso que nos ocupa en ste momento.
Inclusive, desde un punto de vista quizs inslito para el caso, podramos afirmar que se pueden considerar como recursos naturales, todos aquellos bienes, cosas y elementos que, desde el punto de vista de la teologa o interpretacin del Antiguo Testamento, fueron creados por Dios, antes que existiera el Hombre y que ste llega a saber utilizarlos, sean o no renovables.
Tambin, respecto a stos recursos, tipificados en grandes lneas por su naturaleza o no de renovables, el espectro radioelctrico puede ser concebido en algunos de stos trminos?. Estimo que es imposible, dado que solo lo naturalmente presente, an con la ausencia del hombre, podra con posterioridad a su presencia ser descripto de esa manera.
EL CONCEPTO DE ESPECTRO
Un espectro es la representacin visual y cognitiva segn un ordenamiento determinado a priori con los elementos disponibles para llevar a cabo la representacin . Esta representacin ,generalmente es plana, como el dibujar una representacin del arco iris, que es natural pero, no es un recurso en los trminos que nos estamos interesando. Tampoco est en el trafico jurdico comercial, ni tutelado como un bien por las doctrinas y polticas ambientalistas, aunque sea algo hermoso, objeto de estudio y explicaciones de la causa eficiente de su presencia. No se ha escrito , que yo sepa, sobre su utilidad. Salvo por los poetas, que abordaron el tema con decisin inaudita.
Con un osciloscopio puede observarse la representacin del cambio de direccin del campo electromagntico de una frecuencia. En un toma corriente se verifica que existen en Argentina 50 ciclos por segundo, en los EE.UU. se generan 60 ciclos por segundo. En argentina esa frecuencia esta con una diferencia de potencial de 220 volts y en los EE.UU. con 110 volts.
Con un analizador de espectro puede determinarse en que nivel de frecuencia o energa un instrumento creado emite esa seal o radiacin.
Con un prisma puede descomponerse la luz blanca en el espectro de color que la integran.
La tabla de logaritmos es una representacin de un espectro matemtico, el concepto de asinttico est en su naturaleza, es una concepcin certera de que algo puede estar siempre acercndose a otro algo, sin jams alcanzarlo, por lo cual se puede decir que para pasar del nmero 1 al numero 2 , los pasos pueden ser infinitos, como tantos 9 puedan escribirse o concebirse en los ordenes menores a la unidad, sin llegar nunca, al nmero 2. Por ejemplo: la medida 1,9 es menor a 1,99; sta ltima es menor a 1,999 y a su vez 1,9999 es mayor , as hasta el infinito, sin llegar jams al 2.
Otra disponibilidad de resultados tiles , mediante la representacin espectral, se presenta en el campo de la astronoma. Por el mtodo similar a la constatacin del efecto doppler en sonido, donde un mvil ,en el sentido de su desplazamiento, comprime las ondas sonoras que se dispersan en ese mismo camino, tambin ocurre los mismo con la luz respecto a su fuente emisora, constatndose que una altsima velocidad genera un llamado efecto doppler a partir de la radiacin de la luz visible ( espectro de luz visible).
De tal forma se ha verificado que el universo se encuentra en expansin, mediante una observacin secuencial en el tiempo, denominada corrimiento al rojo, ya que un desplazamiento sobre esta fraccin umbral del espectro de luz visible implica un alejamiento de las radiaciones de mayor penetracin ( los rayos csmicos) y las fotografas secuenciales del desplazamiento de determinadas lejanas estrellas, en la descomposicin espectral de la luz visible por el lente ptico, permiten verificar una expansin de los limites que se han podido mensurar en parte del universo.
Con todos los ejemplos expresados, es posible , adems, realizar una representacin plana que debe ser observada tenindose en cuenta la existencia de un hiperespacio de convivencia simultanea de las radiaciones de distinto nivel, aunque stas se representen para su anlisis o fines docentes en forma de despliegue, como en el ejemplo de la incidencia de la luz visible sobre la superficie de un prisma para su desagregado de los colores (radiaciones) que la integran.
EL CONCEPTO DE ESPECTRO ELECTROMAGNTICO
En base a lo anterior, podemos ahora, describir la naturaleza de este espectro que contiene otros espectros.
Las radiaciones que lo integran lo hacen en una forma simultanea y cada una con distinto factor de penetracin e incidencia sobre la superficie. Las radiaciones mas penetrantes, cuya presencia se verifica con igual intensidad durante el da o la noche, son los rayos csmicos, fundamentalmente integrados por protones con gran energa que, atravesando una parte de ellos la atmsfera, llegan a penetrar varios kilmetros por debajo de la superficie de la corteza terrestre. Le siguen en intensidad los denominados Rayos X , seguidos en otro menor factor de penetracin por la Radiacin ultravioleta lejana y la Radiacin ultravioleta cercana, a continuacin se verifica, desde la radiacin lumnica del violeta hasta la del rojo el denominado espectro de luz visible.
Mas all de la radiacin lumnica del rojo se ubican las radiaciones infrarrojas cercanas, luego las radiaciones infrarrojas lejanas.
Todas estas radiaciones pueden representarse en un plano, lo mismo que la descomposicin del prisma de luz visible, en funcin del factor de penetracin medido en Armstrongs.
Varias de las radiaciones mencionadas, no solo estn constituidas por protones, sino tambin por otras partculas, como ser fotones, positrones, neutrones, neutrinos, electrones, mesones, etc.
La composicin y naturalidad de la presencia y generacin de las radiaciones que integran el espectro electromagntico, nos indican que el mismo no puede ser considerado como un recurso en el sentido econmico, por carecer de dotacin finita o no haberse conocido los limites de agotamiento de las emisiones de radiacin yen muchos casos ignorndose an la identificacin de la fuente misma. Solo parcialmente, por tecnologa apropiada se pueden utilizar con determinados fines algunas de estas radiaciones, como las ultravioletas, las X y las infrarrojas, para convertirlas en un bien donde el recurso es la tecnologa misma que permite este aprovechamiento .
No obstante se ha verificado la posibilidad de generar artificialmente trafico radioelctrico inteligente en el hiperespacio en que se encuentra este espectro, con independencia de las radiaciones de todo tipo, por sistemas de filtro de interferencias provenientes de la lluvia o viento estelar y otras formas desorganizadas de energa.
Es precisamente el calor, o la diferencias de temperaturas, las que permiten la conversin de distintos tipos de energa, entre ellas la energa electromagntica y de los campos gravitacionales de atraccin o equilibrio. Los principios de la termodinmica introdujeron la nocin de Entropa, cuyo enunciado bsico sostiene que distintas fuentes de energa calorfica tienden a una transferencia que lleva a los objetos encuentren, en un momento dado, un equilibrio trmico, es decir no existira diferencia de potencial energtico que permita su transformacin y desplazamiento, por medios naturales o artificiales.
Siempre dentro de ste mismo concepto, la ausencia de desequilibrio creara una especie de anomia entropica, donde la energa no se podra manifestar por el equilibrio alcanzado y por lo tanto, el movimiento de un objeto, al no disponerse de una fuente que lo produce, se reducira paulatinamente hasta su detencin. Es as que la denominada energa cintica ( de los cuerpos en movimiento: Ec= . Masa. Velocidad ), sera de imposible realizacin, salvo la presencia remanente de fuerzas provenientes de los campos gravitatorios en equilibrio.
Sera en sta ltima hiptesis, donde se duda an, si seria posible generar seales radioelctricas que se transporten por su condicin.
EL CONCEPTO DE ESPECTRO RADIOELCTRICO
Se encuentra dentro del concepto econmico de dotacin finita, tambin instituido por la Unin Internacional de Telecomunicacin ( UIT-R), cuyo alcance mximo es de 3000 Ghz.
Las seales radioelctricas de ste espectro son generadas artificialmente por desarrollos tecnolgicos, por los que se ha verificado que, en la escala descripta del espectro electromagntico, se lo encuentra localizado entre la gama de radiacin infrarroja cercana y la radiacin infrarroja lejana.
Las seales son transmisiones, las que a su vez son emisiones y recepciones, cuyos niveles de energa y canalizaciones y tipos de servicios se acuerdan mundialmente en el seno de la Unin Internacional de Telecomunicaciones, incluyndose los espectros radioelctricos para los servicios fijos o mviles, de voz, datos e imagen, destinados a servicios pblicos o de inters publico, como la radiodifusin sonora y televisiva.
El plexo de articulacin de la poltica exterior de la Nacin, depositada en el Poder Ejecutivo Nacional, no solo se lleva a cabo en el mbito diplomtico, que es un instrumento ms de la poltica exterior, los delegados plenipotenciarios de Argentina, que participan en las deliberaciones peridicas y decisiones de formacin de los Reglamentos que son Tratados Internacionales, fundamentalmente estn integrados por expertos profesionales del sector oficial de las Comunicaciones, es decir la Autoridad de Aplicacin y la Autoridad de Control, respectivamente: la Secretaria de Comunicaciones y la Comisin Nacional de Comunicaciones.
Los documentos de la UIT incluyen el Reglamento, de cumplimiento obligatorio que integra el Tratado que con cada modificacin homologa el Poder Legislativo Nacional y promulga el PEN y son ley de la Nacin. Tambin se incluyen en otros documentos oficiales de la UIT-R , Recomendaciones y Ruegos por intermedio de los representantes de las Autoridades Nacionales, denominadas Las Administraciones .
Por lo expuesto, el espectro radioelctrico no es un recurso natural, es un recurso artificialmente generado por la tecnologa, est en el comercio del trafico jurdico de las autoridades nacionales de los pases que integran la Unin, constituye un patrimonio de afectacin de Argentina, acordado internacionalmente, en funcin de las tecnologas disponibles en cada oportunidad y para los nuevos tipos de servicios que se crean en el mercado comercial y de la defensa y seguridad. Adems, el Cdigo Civil Argentino, inclusive con la ltima importante reforma de la ley 17.711, no incluy al espectro radioelctrico entre los bienes del dominio publico del estado, hasta la fecha.
Desde la aparicin comercial de la telegrafa inalmbrica, los representantes de las naciones han llevado a cabo una tarea de coordinacin y Reglamentacin, partiendo de las necesidades de armonizar sistemas de diferentes pases para su interconexin, en tipos y modos de seales y como consecuencia, en tipos de equipamiento, de all la necesidad de la homologacin de los equipos utilizados en el mercado por los usuarios del espectro radioelctrico.
Las primeras necesidades de coordinacin internacional, en el seno del entonces denominado Comit Consultivo Internacional de Telegrafa ( CCIT ), tuvieron como causa la necesidad de servicios de ayuda socorro y salvamento en el trafico martimo y luego en el areo, existiendo a la fecha para esos servicios reglamentaciones ad-hoc.
El fenmeno fsico de la emisin de seales radioelctricas, que no se verifican con la falta de operacin de la fuente emisora, permite hoy que en la misma frecuencia operen distintos tipos de servicios por el modo de transporte de seal, esta coexistencia radioelctrica se verifica mas acentuadamente entre servicios de modulacin expandida y banda estrecha, donde las categoras primarias y secundarias de la tipificacin voluntaria que se introduce, constituye un reaseguro mayor en la convivencia de distintos tipos de trafico.
Con respecto a la historia, an muy reciente, de la evolucin de la naturaleza de utilidad y valor del espectro radioelctrico como recurso artificial. Finito y escaso, podemos indicar: segn el Dr. Ryszard G. Struzak:
1822 Concepto del Espectro (fsico francs Fourier) El espectro es un concepto abstracto
1873 El espectro es un objeto fisico (Maxwell)
1888 Primer experimento con ondas radiales (Hertz).
1895 Primeras comunicaciones inalmbricas ( Marconi-Popov)
1906 El Espectro es un recurso compartido y debe ser coordinado entre los usuarios. (Primera Conferencia de Radiotelegrafa en Berlin).
1910 Primera radio de aviacin.
1921 Primera red de radiodifusin.
1925 El Secretario de Comercio de los EE.UU. anuncia: no hay mas espectro disponible. El espectro es un recurso escaso que debe ser conservado.
1927 Tabla Internacional de Asignacin de Frecuencias (10 Khz-60 Mhz). El espectro se reparte y asigna a servicios separados.
1927 Creacin del Comit Consultivo Internacional de Radio.
1932 Se considera al espectro como un importante recurso de telecomunicaciones.
Integracin de las actividades regulatorias de radio, telegrafa y telefona en
U.I.T.
1939 Primera televisin comercial.
1939-1945 Enorme progreso de la radio militar.
1947 Creacin de la IFRB y de la Lista Internacional de Frecuencias.
El uso del espectro debe ser estrictamente regulado a nivel internacional.
1948 Primer sistema pblico de paging.
1957 Primer satlite terrestre artificial.
1958 Primera transmisin de datos va satlite.
1978 Primer telfono pblico inalmbrico.
1989 Creacin de derechos negociables de frecuencias en N.Zelanda.
1995 El espectro es un producto que est en el comercio. Licitaciones de espectro record en EE.UU.
El espectro radioelctrico es igual a tecnologa,industria,dinero,cultura y poder (Bedin).
Luego de cien aos de un desarrollo extraordinario, la radio esta entrando en una nueva era. Las tecnologas convergentes de computacin y de comunicaciones les proporcionan inteligencia a las viejas aplicaciones y generan aplicaciones nuevas. El Espectro radioelctrico es vital en muchas reas.Algunos ejemplos son la defensa nacional, la seguridad pblica, las advertencias de desastres, el control del trafico areo y el monitoreo del medio ambiente.La UIT ha registrado mas asignaciones de frecuencias en los ltimos aos que durante toda la historia anterior de la radio. Es un hecho ampliamente reconocido que el espectro radioelctrico ser el principal motor del crecimiento econmico y de la mejora del nivel de vida en las prximas dcadas. Para utilizar una banda de frecuencia o posicin orbital especifica hay que pasar por un arduo proceso de coordinacin, autorizacin, obtencin de licencias, etc., con importante intervencin de los gobiernos.
El espectro tiene ahora su medida y su precio, pero an no existe una aceptacin universal, el Jurista francs J.D. Bedn dice que el espectro es igual a tecnologa, industria, dinero, cultura y poder. El concepto radioelctrico es un concepto multidimensional.
Est ampliamente aceptado que sus dimensiones incluyen el ancho de banda de la frecuencia de radio, el lapso de tiempo y el volumen geogrfico, algunos han introducido el concepto de polarizacin. ( RYSZARD G. STRUZAK, ( XXV Asamblea General ,Comisin E, Unin Internacional de Ciencias Radiales, Lille, 28 de Agosto 6 de Septiembre de 1996 y 13 Simposio y Exhibicin Internacional de Compatibilidad Electromagntica de Wroclaw, 25 al 28 de Junio de 1996.).
Sin embargo el Sr. Ryszard G. Struzak , expresa en un anlisis , que el espectro radioelctrico es un bien natural que debera considerarse patrimonio de la humanidad. Con lo cual, respetuosamente, me permito no estar de acuerdo. La UNESCO podr declarar de patrimonio de la humanidad determinados bienes, por solicitud de un tercero, pero no posee ni le corresponde incursionar en lo que es competencia de la Unin Internacional de Telecomunicaciones, (que es el sitio legitimado inclusive por las Naciones Unidas, la Organizacin Mundial del Comercio, y otros importantes entes de nivel internacional o regional, como lo es , por ejemplo, la Unin Europea), en que estn todos los terceros: las Administraciones representativas de los Estados Nacionales de todo el mundo.
Considero que, la tecnologa, la industria, el dinero, la cultura y el poder que implica el espectro radioelctrico, no constituyen un bien natural y que puedan estos valores considerarse patrimonio de la humanidad. Cualquiera sea la posicin teolgica o dogmtica de quien participe de sta discusin.
No nos encontramos ante la posibilidad de una delegacin de competencias, debemos poner sumo cuidado en el ejercicio de se poder aludido, debemos recordar que, un gran poder, durante casi 1153 aos, que se expres como reinado, republica y monarqua, delego la custodia de sus fronteras, tercerizndolas y , con el mismo empeo y gran talento, construyo caminos por todo su territorio para integrarlo a una concepcin econmica y poltica, expresando el manejo y dominio de una gran tecnologa en su tiempo. El fracaso de la tercerizacin, permiti que por esos mismos caminos llegara la desgracia para cada del poder, y luego, por esos mismos caminos, luego se expandi el Cristianismo,. Como aprendimos cuando estudiamos Derecho Romano.
Podemos, an informar que, la energa que implica el espectro radioelctrico no constituye una forma de energa desorganizada, como sera la energa calorfica natural, forma parte de la naturaleza de espectro radioelctrico el que, para ser tal, la organizacin de su produccin es previa y necesaria para que adquiera su condicin y ,por ende, su utilidad y propsito.
Por supuesto que la generacin de seales radioelctricas pueden que contengan imperfecciones que degraden su calidad de seal o su alcance o su potencia o desborde la misma frecuencia ( previamente asignada para su produccin con el comienzo del uso) para que fuera programada por medio de una concepcin fsico-matemtica que pudo obtener una traduccin tecnolgica. Ello podra provocar perjuicios a la emisin y/o recepcin de otras seales, es decir : interferencias.
Las interferencias pueden ser ocasionadas por una inapropiada manipulacin de los equipos o por defectos de stos, un poco como si se tratara, en ste ultimo supuesto, de vicios redhibitorios virtuales intangibles de un bien que no es cosa. Y como tal tienen un tratamiento o procedimiento para su deteccin y cese.
Un microchip puede contener un defecto de fabricacin, por la introduccin de una impureza en su estructura y solo percibirse el defecto o vicio con la constatacin de la explotacin o uso del sistema.
Las interferencias se clasifican a su vez en : admisibles, esperadas y perjudiciales. Si se acepta la posibilidad de interferencias admisibles se est aceptando que ellas pueden ser producidas sin culpa o dolo, como ocurre con las emisiones radioelctricas que llegan como mximo a 30 mega hertz, dado que estas estn condicionadas en su propagacin a efectos de reflexin y son motivo de disturbio por parte de la actividad solar o el clima, la presencia de espejos de agua o diferencias de temperaturas en cada lugar, el que puede ser distinto en el lugar de la emisin y en el de recepcin o viceversa.
La existencia de equipamiento de radio til en la banda de frecuencia indicada, es otro importante indicio que seala a la tecnologa de produccin de ondas radioelctricas en condiciones adversas de elementos naturales no creados por el hombre. Y los usuarios de estos servicios son ciento de miles. Y los nuevos equipos para estas frecuencias son cada vez mas perfectos en la generacin de las ondas radioelctricas destinadas a stos niveles de energa. Inclusive venciendo las condiciones naturales de una forma de propagacin por reflexin (no directa). Tal es as que en la reciente reunin de Radiocomunicaciones de Estambul 2000 (UIT-R), se agendo que estas frecuencias podran en un futuro muy prximo atribuirse a servicios de radiodifusin sonora a nivel mundial.
Esta posibilidad implica una repotenciacion de los valores comerciales de las frecuencias atribuidas en el futuro con ese propsito e implica el diseo y produccin de plantas transmisoras de radiodifusin sonora de nuevas caractersticas con usos , por parte de las Administraciones Nacionales, compartimentada en el tiempo.
El cambio de velocidad de la velocidad del cambio, una aceleracin , deviene en exponencial, es decir , una representacin cuadrtica, no lineal y posiblemente se instaure la obligacin de migraciones de actuales emisiones en esas frecuencias a otras, con las consiguientes nuevas inversiones que tal novacion implica. La migracin implica cambio del equipo o terminal de radio utilizado y ello es motivo de planeamiento prudente y anticipado por parte de la industria del sector, con todas las consecuencias que ello implica en materia de inversiones, anlisis de mercado y precios y costos.
LA CONSTITUCIN NACINAL
CAPITULO CUARTO -ATRIBUCIONES DEL CONGRESO
Art. 75: Corresponde al Congreso:
Inc 13 : Reglar el comercio con las naciones extranjeras y de las provincias entre s.-
Inc 14 : Arreglar y establecer los correos generales de la Nacin.
Inc.16 : Proveer a la seguridad de las fronteras.
CAPITULO TERCERO-ATRIBUCIONES DEL PODER EJECUTIVO
Art. 99: El Presidente de la Nacin tiene las siguientes atribuciones.
Inc 2 : Expide las instrucciones y Reglamentos que sean necesarios para la ejecucin de las leyes de la Nacin, cuidando de no alterar su espritu con excepciones reglamentarias.
Ver. Ley 19798 (Telecomunicaciones) Decretos 62/90, 1185/90, 764/2000 y sus anexos, especficamente el Anexo IV Espectro Radioelctrico, Administracin, Gestin y Control.
CONSTITUCIN DE LA PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO
CAPITULO V-POLTICA DE RECURSOS NATURALES
ESPECTRO DE FRECUENCIA.
Articulo 88: El espectro de frecuencia es un recurso natural de dominio pblico. La Provincia en uso de su autonoma, se reserva el derecho de legislar en materia de radiodifusin y televisin. Los modelos de comunicacin tendrn en cuenta la afirmacin de la integracin y autonoma provinciales.
Obsrvese que, en mi opinin, se introduce el concepto de espectro de frecuencias, sin quedar delimitado si se refiere a cualquier espectro contenido en el espectro electromagntico, como ser el espectro de frecuencias de luz visible o el espectro de frecuencias correspondiente a las radiaciones ultravioletas, o al espectro de frecuencias del espectro de luz visible, (como en el caso del arco iris ). Considero que la tcnica legislativa es inapropiada.
La norma constitucional de la provincia, a continuacin incursiona en el concepto de recurso natural, que considero suficientemente analizado ms arriba y, como ya sealramos, el Cdigo Civil que es una ley que deviene del ordenamiento de la Constitucin Nacional, no incluye a ste bien entre los que corresponden al dominio publico del estado.
Debe considerarse que, las facultades del estado nacional en materia de su competencia, no solo pueden devenir del carcter o naturaleza jurdica de lo que se instala como bien del dominio pblico, por ejemplo lo que hace a materia de poltica y energa nuclear, donde se utilizan radiaciones y partculas que se han mencionado en la constitucin del espectro electromagntico y constituye objeto del la competencia del poder federal.
Continua el precepto introduciendo la concepcin de dominio publico del indefinido espectro que enuncia.
Instala una reserva de derechos en cuanto a legislar en materia de radiodifusin, cuando la CSJN tiene firmemente sentada la competencia federal en la materia, con otro defecto legislativo, el termino unitario radiodifusin implica la sonora y la televisiva por enlaces alambricos (pares de cobre, cable coaxial,. Fibra ptica, etc) o inalmbricos ( spread spectrum, banda angosta, banda ancha, alta densidad, etc. ) que, en ste ltimo caso utilizan la generacin de espectro radioelctrico regulado para bandas de frecuencias que se acordaron en el seno de la Union Internacional de Telecomunicaciones, Oficina de Radiocomunicaciones (UIT-R).
Cuando la mxima norma provincial se refiere a modelos de comunicacin aqu firmemente introduce un importante concepto sociolgico que, por su naturaleza de expresin de una voluntad poltica debe forzosamente tener su correlato en la elaboracin y aplicacin de normas que confirmen ste modelo, las normas no solo deben ser tcnicas, sino desbordar ste lmite, para regular en la materia: radiodifusin sonora y televisiva (abierta o en cable, o satelital ) e incursionar en lo que es la Administracin, Control y Gestion del Espectro Radioelctrico, fracturadamente, es decir solo en las bandas de frecuencias que correspondan a los servicios mencionados. Parcialidad operativa de imposible cumplimiento.
Corresponde en este estado, profundizar el anlisis de la cuestin en funcin de las normas constitucionales involucradas.
Queda establecido, por lo expresado mas arriba, que el espectro radioelctrico no es un recurso natural, ni en los trminos en que la doctrina de la actual concepcin de la ecologa aborda los recursos naturales renovables y no renovables, ligados al aspecto de la biodiversidad a tutelarse.
Por ello, su propiedad y regulacin no es una de las facultades reservadas de las Provincias, conforme expresamente establece nuestra Carta Magna en el Articulo 124- ultimo prrafo - , ya que no se trata de tales recursos.
El Artculo 31 de la Constitucin Nacional, al establecer la supremaca axiolgica de la misma, las leyes que en su consecuencia se dicten y los tratados internacionales por sobre las normas provinciales, incluso sus Constituciones, establece un ordenamiento que no debe conmoverse con el ejercicio de las autonomas de los estados provinciales.
En consecuencia, tal como se ha pronunciado en innumerables casos la Corte Suprema de Justicia de la Nacin, las Constituciones y Leyes de las Provincias estn impedidas de legislar sobre materias que corresponden a la jurisdiccin federal.
Tambin es de naturaleza indubitable, y ms an despus de la Reforma de 1994 que, los tratados internacionales tienen jerarqua superior a las leyes; en tal sentido , es claro el Artculo 75, inciso 22 de la Constitucin Nacional.
Lo relativo al espectro radioelctrico, como se infiere de lo expresado en el fundamento precedente de ste dictamen, es materia estrictamente federal, ya que su administracin y gestin corresponde al Estado Nacional.
La supremaca de la Constitucin Nacional y leyes Federales sobre las normas provinciales, se infiere de la materia tratada como delegada expresamente o de materias reservadas , tambin , a las provincias por una norma constitucional expresa. En tales casos deber prevalecer la norma local sobre la federal o bien, como en los casos de los Cdigo de Agua , podra instalarse una omisin legislativa en materia federal; tal es, en ste especfico caso, la imposicin de una realidad topolgica o topogrfica o caractersticas de recursos naturales que, siendo diversos en el territorio por su naturaleza tienen enorme implicancia local que inclusive se traducen en efectos sobre la toponimia sociologicamente aceptada.
El Artculo 124 de la Constitucin Nacional como se dijo reserva a favor de los Estados Provinciales recursos naturales existentes en su territorio; pero ha quedado establecido que el espectro radioelctrico no es un recurso natural y, por ello la inclusin del mismo efectuada por los seores representantes y constituyentes Fueguinos es incorrecta, por lo que colisiona con el ordenamiento Constitucional de la Nacin Artculo 126 C. Nacional - .
Como conclusin, consideramos prudente y necesario sealar que el Artculo 88 de la Constitucin de la Provincia de Tierra del Fuego, resulta inconstitucional colisionando con la Carta Magna Nacional por:
a.- Incursionar la norma provincial en materia delegada al Poder Federal, y,
b.- Por intentar incluir en la reserva del Artculo 124 de la Constitucin Nacional un bien cuya tipificacin es ajena al concepto de recurso natural, sea ste renovable o no.
Es ahora oportuno analizar la naturaleza de la voluntad poltica de los seores Constituyentes de la Provincia de Tierra del Fuego.
Han deseado manifestar lo siguiente:
a.- Consideran que los habitantes de la provincia, por intermedio de sus representantes ( que tambien se encuentran en el Senado de la Nacin ). Deben tener facultades suficientes y necesarias para regular en todo el territorio provincial las polticas que hacen a la radiodifusin sonora y televisiva, utilicen o no como transporte de seales el espectro radioelctrico.
b.- Las autoridades provinciales podran llamar a concurso para habilitar nuevas estaciones radioemisoras de TV o radio y tener el ejercicio del poder de policia en la materia.
c.- Podrn expresar ese poder de polica respecto a los efectos de las actuales emisoras localizadas en el territorio provincial.
d.- Por lo expresado, reconocern igual facultades a otros gobiernos provinciales, en ste tema.
e.- Por el instituto analizado, el Gobierno de la Provincia de Tierra del Fuego, tendra facultades para regular y entender en los servicios de acceso a Internet cuando el vinculo de acceso se realice inalmbricamente , utilizando recurso espectral, y por lo tanto podra entender en materia de Licencias para reconocer aptitudes en la provisin de ste tipo de servicios.
As las cosas, los seores Constituyentes estn manifestando y suscribiendo que la historia del tema, en la novsima provincia de Tierra del Fuego no ha sido la que consideran es necesaria en el territorio y que desde el poder central federal las opiniones provinciales no son consideradas en la magnitud que los intereses vinculados a la concepcin de la autonoma provincial exigen.
Los seores Constituyentes han tenido muy en claro que la televisin y la radiodifusin sonora constituyen un fuerte poder de accion respecto a la opinin publica ,inclusive como medio de generacin de percepciones o para tutelar, por su medio, concepciones o valoraciones politicas locales o nacionales
Pero, considero que, tal como se promueve esa voluntad no es la adecuada, ni tcnica, ni legislativa ni polticamente. En un caso especifico de ste verdadero conflicto de normas, la Corte Suprema de Justicia de la Nacin deber expedirse, como nico rgano constitucional habilitado en el pas para la interpretacin de las normas constitucionales vigentes.
No corresponde traer al caso la jurisprudencia profusa de la CSJN respecto a la llamada clusula de comercio y el trafico interprovincial, ya que una FM puede no ser trafico radioelctrico interprovincial.; lo mismo que un circuito cerrado de televisin comunitaria que efecte los enlaces desde la planta de distribucin hacia los abonados por vnculo radioelctrico que, en su caso, puede estar sujeto a compresin de seal para dar al remanente de espectro otro destino u otro tipo de servicio.
Aqu, est ausente el caso de trafico interprovincial , inclusive en su parte local. Esta instalado, por la Provincia, el concepto de recurso natural para su gestin comercial en el mbito provincial, instalndose el concepto dominio publico, como derivada primera de la primer premisa, en una traslacin mecanicista de la construccin de la competencia federal respecto a ste dominio, acotado ahora por la geografa poltica que corresponde a la provincia que tiene domino, segn sostiene, respecto al medio instrumental radioelctrico.
UNA CONCLUSIN DECISIVA
En ultima instancia, los seores Constituyentes de la Provincia Argentina de Tierra del Fuego estn proponiendo, reclamando, exigiendo, el que se articule un procedimiento que implique: como se accede al ejercicio del poder que impida la marginacin de las Provincias en la discusin, elaboracin y aplicacin de polticas respecto a la presencia de ese NUEVO PODER que es el ACCESO A LA INFORMACION y el ACCESO al PROCESO de tratamiento de la misma , para convertirla en CONOCIMIENTO UTIL y as pueda percibirlo, apreciarlo y juzgarlo la gente.
Se trata de DOS niveles de acceso, ambos estn firmemente teidos de decisiones polticas del ms alto nivel, que hace a LOS MODELOS que se considera, deben promoverse.
Es posible , de acuerdo a los mecanismos disponibles , instalar esta instancia, constructivamente PARA TODOS?.
Ese es el desafo. EL MODELO, acordado el mismo, lo instrumental deviene si, con naturalidad.
He dedicado 43 aos de mi vida para tratar de alcanzar una concepcin unvoca de nuestra realidad nacional en el tema, no lo he logrado y, percibo , que nuestro destino como Nacin contiene este problema. Argentina no debe ser solo un lugar, debe ser lo que logremos construir. Para felicidad del pueblo y grandeza de la Patria.