LEYES SECRETAS Y RESERVADAS 

PODER LEGISLATIVO NACIONAL
Publicacin conforme Ley 26.134
Ley 18.211 

Bs.As., 14/5/1969 AL EXCELENTISIMO SEOR PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA.

El Ministro de Defensa a propuesta del Comando en Jefe del Ejrcito en expediente N 58/67 Cde 22, tiene el honor de dirigirse al Excelentsimo Seor Presidente de la Nacin con el objeto de someter a su consideracin privativa, el propsito de donar un (1) caballo de Armas con destino al Ejrcito de la Repblica de Bolivia para el Oficial ganador de los concursos hpicos anuales que se disputan en la Ciudad de La Paz.

A tal efecto el Comando de Remonta y Veterinaria y Direccin General de Remonta y Veterinaria ha previsto la seleccin de un caballo que se encuentra alojado en el Regimiento 5 de Caballera de Montaa General Gemes, con guarnicin en Salta, el cual puede ser prescindible para esa unidad teniendo en cuenta la finalidad perseguida.

Igualmente cabe expresar que el procedimiento propuesto contribuira a mantener en las Fuerzas Armadas del pas hermano, un sentimiento favorable hacia el Ejrcito Argentino mediante una donacin de reducido valor financiero, afianzando las vinculaciones amistosas con las mismas.

Dios guarde a V.E.Bs.As., 14/5/1969 En uso de las atribuciones conferidas por el artculo 5 del Estatuto de la Revolucin Argentina, EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE LEY:

ARTICULO 1 El Poder Ejecutivo proceder a donar al Ejrcito de la Repblica de Bolivia un (1) caballo de Armas, cuyo valor ascienda a la suma de 60.000,00 (SESENTA MIL PESOS MONEDA NACIONAL).

ARTICULO 2 El Comando en Jefe del Ejrcito tomar las medidas necesarias, a efectos de concretar la donacin de referencia y a dar de baja del patrimonio del Ejrcito el caballo mencionado en el artculo 1.

ARTICULO 3 Comunquese, dse a la Direccin Nacional del Registro Oficial y archvese.